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- Podrán acceder a ella todos los extranjeros que hayan entrado en España antes del 31 de diciembre de 2025.
- Deberán carecer de antecedentes penales (ni en España ni en el país de origen).
- El plazo de presentación será bastante corto: podría iniciarse a partir de abril y finalizará el 30 de junio de 2026. Habrá que justificar la permanencia continuada en España durante los cinco meses anteriores a la presentación.
- El inicio del procedimiento dará derecho a una autorización de residencia y trabajo provisional.
- Los solicitantes de asilo también podrán entrar en este proceso.
- La autorización tendrá duración de un año. Transcurrido este plazo, podrán renovar su permiso acogiéndose a las figuras del Régimen General de la Ley de Extranjería.
Tienda: Gómez & Malagón
Categorias: Abogados





