Cualquier Administración Pública, ya sea estatal, autonómica o local, tiene la obligación de sufragar los daños o perjuicios ocasionados a un tercero por un funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos de su competencia. Este tipo de responsabilidad tiene como base constitucional al artículo 106.2 de la Constitución, el cual reconoce el derecho de los particulares a ser indemnizados en los términos establecidos por la ley.
Por tanto, el procedimiento de responsabilidad patrimonial es el procedimiento administrativo específico por el que se tramita la exigencia de responsabilidad contra la Administración Pública por las lesiones que se causan a los particulares en cualquiera de sus bienes y derechos.
Nuestro despacho de abogados especializados en responsabilidad patrimonial procederá a un estudio pormenorizado del caso específico y explicando al cliente las posibilidades reales de éxito de este tipo de acción tan compleja, que requiere una alta especialización.
¿ Qué documentación hay que presentarse junto con la reclamación?
Los reclamantes podrán acompañar los elementos que estimen convenientes para precisar o completar los términos de la solicitud, presentando cuantas alegaciones, documentos e informaciones se estimen oportunos, así como los medios de prueba que puedan servir para acreditar los daños reclamados,tales como facturas, declaraciones de testigos, informes médicos, atestados policiales u otro análogos.
Características:
- Reclamación de Responsabilidad patrimonial contra la Administración Pública